CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS. IMPUESTOS
| PREGUNTA: | Un empresario que se da de baja en el IAE ¿tiene que presentar declaraciones-liquidaciones a efectos del IVA? |
| RESPUESTA: |
La baja en el IAE no
conlleva automáticamente
la perdida de la
condición de empresario
o profesional a efectos
del IVA, en tanto no
cese en dicha actividad
y formule la
correspondiente baja en
el censo de empresarios
o profesionales.
En consecuencia, en tanto no se produzca esta circunstancia, el empresario esta obligado a cumplir con las obligaciones formales que correspondan a efectos del IVA. |
| NORMATIVA: |
Artículo 164 , Ley 37 /
1992 , de 28 de
Diciembre de 1992 . Consulta de la D.G.T. 1879 - 2001 , de 22 de Octubre de 2001 |
Curso de Fiscal: IVA, IRPF, ISS, IGIC, Forales