CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS. IMPUESTOS
| PREGUNTA: | Un agricultor español incluido en el R.E.A.G.P. vende productos agrícolas a un agricultor comunitario cuyas adquisiciones intracomunitarias de bienes están no sujetas. ¿Ha de ingresar el IVA en el modelo 309? ¿Puede solicitar el reintegro de las compensaciones en el modelo 341? |
| RESPUESTA: | La entrega realizada por el agricultor español no está exenta, teniendo derecho a obtener de la Hacienda española, presentando el modelo 341, el reintegro de la compensación a tanto alzado por las entregas de los productos naturales obtenidos en su explotación agrícola, sin tener que liquidar ninguna cuota en relación con el IVA. |
| NORMATIVA: | Artículo 14 Dos Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 . Artículo 25 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 . Artículo 129 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 . Artículo 131 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 . |
Curso de Fiscal: IVA, IRPF, ISS, IGIC, Forales