CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS.
IMPUESTOS
| PREGUNTA: |
Agricultor con ganadería que además posee carnicería donde vende productos propios y otros adquiridos a terceros. ¿Qué regímenes le son de aplicación en el IVA? |
| RESPUESTA: |
- Por la actividad de ganadería estará incluido, salvo renuncia, en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, si cumplen todos los requisitos exigidos.
- La venta, en la carnicería, de parte de sus productos está excluida del régimen, tributando en régimen general y siendo un sector diferenciado respecto de las actividades en el régimen especial de la agricultura.
- Si se trata de un charcutero que elabora sus propios productos con proceso de curado (no en fresco), tributará en régimen simplificado por esta actividad.
- Por la actividad de venta de productos adquiridos a terceros tributará en el régimen del recargo de equivalencia.
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| NORMATIVA: |
Artículo 126 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 128 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
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