CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS. IMPUESTOS

 

 
 
PREGUNTA: Un residente en Ceuta cambia las ruedas de su vehículo de turismo en el territorio español de aplicación del impuesto ¿es aplicable la exención prevista para las entregas de bienes a viajeros cuya residencia está fuera del territorio de la Comunidad?

 
RESPUESTA: No. De la exención del IVA en las entregas de bienes en régimen de viajeros se excluyen las entregas de bienes destinados al equipamiento (ej. neumáticos, combustible) o avituallamiento de cualquier medio de transporte de uso privado.

Esta exclusión alcanza tanto a las entregas de dichos bienes a viajeros como a las entregas de los mismos efectuadas en tiendas libres de impuestos.


 
NORMATIVA: Artículo 15 .2 Directiva 388 / 1977 / CEE Consejo , de 17 de Mayo de 1977 .
Artículo 21 .2 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 9 Real Decreto 1624 / 1992 , de 29 de Diciembre de 1992 .
Consulta de la D.G.T. 0455 - 2001 , de 02 de Marzo de 2001
 

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