CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS. IMPUESTOS
| PREGUNTA: | Un residente en Ceuta cambia las ruedas de su vehículo de turismo en el territorio español de aplicación del impuesto ¿es aplicable la exención prevista para las entregas de bienes a viajeros cuya residencia está fuera del territorio de la Comunidad? |
| RESPUESTA: | No. De la exención del IVA en las entregas de bienes en régimen de viajeros se excluyen las entregas de bienes destinados al equipamiento (ej. neumáticos, combustible) o avituallamiento de cualquier medio de transporte de uso privado.
Esta exclusión alcanza tanto a las entregas de dichos bienes a viajeros como a las entregas de los mismos efectuadas en tiendas libres de impuestos. |
| NORMATIVA: | Artículo 15 .2 Directiva 388 / 1977 / CEE Consejo , de 17 de Mayo de 1977 . Artículo 21 .2 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 . Artículo 9 Real Decreto 1624 / 1992 , de 29 de Diciembre de 1992 . Consulta de la D.G.T. 0455 - 2001 , de 02 de Marzo de 2001 |
Curso de Fiscal: IVA, IRPF, ISS, IGIC, Forales