CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS. IMPUESTOS
| PREGUNTA: | Persona con contrato laboral con un Ayuntamiento para la prestación de servicio de conducir una ambulancia, propiedad del Ayuntamiento. ¿Debe cobrar el IVA al Ayuntamiento y hacer a su vez las liquidaciones correspondientes?. |
| RESPUESTA: | Si existe relación laboral, los servicios no están sujetos al Impuesto. |
| NORMATIVA: | Artículo 7 .5 , Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 . |
Curso de Fiscal: IVA, IRPF, ISS, IGIC, Forales