CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS. IMPUESTOS

 

 
 
PREGUNTA: ¿En qué casos se presume el ejercicio de una actividad empresarial o profesional?

 
RESPUESTA: Se presumirá el ejercicio de una actividad empresarial o profesional:

* en los supuestos en que se anuncie por circulares, periódicos, carteles, rótulos expuestos al público, o de otro modo cualquiera, un establecimiento que tenga por objeto alguna operación mercantil.

* cuando para la realización de las operaciones definidas en el artículo 4 de la Ley del IVA se exija contribuir por el I.A.E.


 
NORMATIVA: Artículo 5 , Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
 

 

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