CONSULTAS FISCALES: IVA, IRPF, ISS.
IMPUESTOS
| PREGUNTA: |
¿Qué sujetos quedan excluidos del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca? |
| RESPUESTA: |
Quedan excluidos:
- Las sociedades mercantiles.
- Las sociedades cooperativas y las de transformación.
- Los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones relativas a este régimen durante el año inmediatamente anterior exceda de 300.000 euros.
- Los sujetos pasivos cuyo volumen total de operaciones durante el año anterior exceda de 450.000 euros.
- Los que hayan realizado el año anterior adquisiciones por importe superior a 300.000 euros.
- Los que hayan renunciado a la aplicación del régimen simplificado del IVA para cualquier actividad.
- Los que hayan renunciado a la aplicación de la estimación objetiva en IRPF para cualquier actividad (salvo para 1998 y 1999).
Quienes queden excluidos por las causas 3, 4 ó 5 y no superen el límite en años sucesivos tributaran en el R.E.A.G.P. al año siguiente salvo renuncia. |
| NORMATIVA: |
Artículo 124 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 43 Real Decreto 1624 / 1992 , de 29 de Diciembre de 1992 .
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