CONSULTAS AUTONOMOS
El Pago Electrónico es una modalidad de ingreso implantada en el Sistema RED desde Marzo de 2003. Está basado en la emisión de un "Recibo de Liquidación de Cotizaciones" resultado del cálculo de las cotizaciones realizado por la Tesorería General de la Seguridad Social. En este recibo consta la cabecera de datos para el Pago Electrónico, que permite a las empresas o profesionales realizar el ingreso de sus cuotas mediante diferentes canales de pago (cajeros automáticos, banca telefónica o banca a través de Internet).
Esta modalidad de pago supone la eliminación de los documentos de cotización de la serie TC1, además de evitar posibles errores en el cálculo de las cuotas a ingresar debido al cálculo automático de la liquidación realizado por la TGSS .
La solicitud de cobro Pago Electrónico se puede realizar hasta el día 27 de cada mes de presentación.
Contempla todos los regímenes incluidos en el Sistema RED , a excepción del Régimen Especial de Artistas (0112) y Sistema Especial de Manipulado y Empaquetado de Tomate Fresco (0134).
Se admite para todas las liquidaciones ordinarias (L00) de los regímenes incluidos, transmitidas en el plazo reglamentario de ingreso, y para los siguientes tipos de liquidaciones complementarias:
Así mismo, las empresas que tienen autorizado un plazo reglamentario de presentación e ingreso distinto al establecido con carácter general (autorizadas a pago diferido en uno o más meses respecto al plazo general, o pagos con periodicidad trimestral), pueden acogerse a esta modalidad de ingreso desde el 1 de Diciembre de 2004, siempre que la presentación se realice en el mes en el que les corresponde realizar el ingreso de las cuotas.
La solicitud debe efectuarse de manera individual para cada liquidación presentada. Para ello sólo debe indicar en su TC2 remitido a través del Sistema RED la modalidad de Pago Electrónico como medio de pago seleccionado
Se considerará justificante válido de ingreso:
El "Recibo de Liquidación de Cotizaciones" NO implica el pago de las cuotas si no va acompañado del correspondiente justificante de ingreso, sello o validación mecánica de la Entidad Financiera.
.
Para utilizar este servicio únicamente debe indicar esta modalidad de pago en el envío de TC2 a través del Sistema RED .
La solicitud de Pago Electrónico puede realizarse a través de la aplicación de nóminas, en el caso de que la misma contemple esta posibilidad, o mediante la WinSuite32.
En caso de solicitar el Pago Electrónico mediante la aplicación de nóminas la solicitud se realiza consignado en el segmento de Modalidad de Pago (MPG) del fichero FAN el valor V, como indicativo de Pago Electrónico.
Para realizar la solicitud de Pago Electrónico a través de la WinSuite32 deberá seguir los siguientes pasos:




Por cada documento TC2 con solicitud de Pago Electrónico, la Tesorería General de la Seguridad Social calcula a partir de la relación nominal de trabajadores y la información existente en el Fichero General de Afiliación, las cuotas correspondientes (con todo el desglose de conceptos del TC1), que será el que se envíe de forma inmediata mediante acuse técnico al usuario para su información.
En caso de cualquier discrepancia con este acuse técnico, y siempre antes de la emisión del "Recibo de Liquidación de Cotizaciones", el usuario deberá ponerse en contacto con el Servicio de Atención Telefónica de la TGSS (en el teléfono 901 50 20 50) para gestionar la incidencia o incluso para proceder a la anulación del Pago Electrónico.
En caso de no discrepancia, se remitirá al usuario un "Recibo de Liquidación de Cotizaciones", que contendrá todos los conceptos relativos a la liquidación de cuotas, así como los datos de cabecera, con los que el usuario deberá proceder al ingreso. Este documento está autentificado mediante huella electrónica.
Este "Recibo de Liquidación de Cotizaciones" se remitirá de forma automática en dos fases, en función de la fecha de presentación:
La TGSS ha habilitado la posibilidad de que los usuarios soliciten el envío anticipado de los "Recibos de Liquidación de Cotizaciones" en cualquier fecha antes de la emisión automática a través de la "Oficina Virtual" de la página Web de la Seguridad Social.
Para más información sobre el envío anticipado de los "Recibos de Liquidación de Cotizaciones" consultar el "Manual de usuario de transacciones de Pago Electrónico".disponible en el área "Documentación" perteneciente al apartado "Sistema RED " de la página web de la Seguridad Social.
Los "Recibos de Liquidación de Cotizaciones" se remiten de igual forma que los acuses técnicos y se imprimen a través de la WinSuite32. Para ello, se selecciona en el menú principal de la WinSuite32 la opción "Impresión" y a continuación "Cotización".
En la pantalla de impresión de cotización se selecciona la opción de Recibos de Liquidación y se pulsa el botón "Siguiente".
Aparecerá en la parte superior de la pantalla, una relación de todos los ficheros para los cuales se ha emitido el "Recibo de Liquidación de Cotizaciones". Seleccionando un fichero se accede a los documentos de cotización que contiene.
Para la impresión del recibo se selecciona el documento de cotización, el tipo de recibo como"Pago Electrónico" y se pulsa el botón "Ver/Imprimir".

El "Recibo de Liquidación de Cotizaciones" contiene toda la información económica referida a la cotización así como los datos de cabecera para el Pago Electrónico, que permite realizar el ingreso en las Entidades Financieras mediante diferentes canales (cajeros automáticos, banca telefónica o banca a través de Internet)
IMPORTANTE: La cabecera deberá ser digitada correctamente para que el pago de las cotizaciones sea efectivo.
