CONSULTAS AUTONOMOS

Trabajadores por cuenta ajena o asimilados a cuenta ajena y otras personas que no precisan tener clave de modalidad de contrato de trabajo a efecto de la Seguridad Social

 
  • Trabajadores/as comprendidos en el campo del Régimen Especial de Empleados de Hogar.
  • Afiliados con conciertos de asistencia sanitaria.
  • Trabajadores con convenio especial.
  • Funcionarios.
  • Altos cargos y alcaldes.
  • Trabajadores que realizan trabajos de colaboración social.
  • Clero Diocesano de la Iglesia Católica, Ministros de culto de la Iglesia Adventista y FEREDE, Religiosos de las Comunidades Israelitas de España, clérigos de la Iglesia Ortodoxa Rusa del Patriarcado de Moscú en España y dirigentes religiosos e imanes de las comunidades integradas en la Comisión Islámica de España.
  • Armadores embarcados, asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
  • Trabajadores en reconversión o promoción industrial, con cotización adicional al desempleo o con ayudas a la jubilación anticipada.
  • En general todos los trabajadores que tengan una relación laboral de carácter especial, salvo que específicamente se determine lo contrario.

ENLACES

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