|
Definción del coste amortizado El
nuevo PGC establece en su primera parte
- Marco Conceptual - diez criterios
diferentes para la valoración de los
elementos patrimoniales. Entre estos
criterios figura el denominado "coste
amortizado", el cual se define de la
siguiente forma:
“El coste amortizado de un
instrumento financiero es el importe en
el que inicialmente fue valorado un
activo financiero o un pasivo
financiero, menos los reembolsos de
principal que se hubieran producido, más
o menos, según proceda, la parte
imputada en la cuenta de pérdidas y
ganancias, mediante la utilización del
método del tipo de interés efectivo, de
la diferencia entre el importe inicial y
el valor de reembolso en el vencimiento
y, para el caso de los activos
financieros, menos cualquier reducción
de valor por deterioro que hubiera sido
reconocida, ya sea directamente como una
disminución del importe del activo o
mediante una cuenta correctora de su
valor.
El tipo de interés efectivo es el
tipo de actualización que iguala el
valor en libros de un instrumento
financiero con los flujos de efectivo
estimados a lo largo de la vida esperada
del instrumento, a partir de sus
condiciones contractuales y sin
considerar las pérdidas por riesgo de
crédito futuras; en su cálculo se
incluirán las comisiones financieras que
se carguen por adelantado en la
concesión de financiación.”
Este criterio de valoración se aplica
tanto a activos financieros como a
pasivos financieros.
Activos financieros
- Préstamos y partidas a cobrar
- Créditos por operaciones
comerciales
- Créditos por operaciones no
comerciales
- Inversiones mantenidas hasta el
vencimiento
Pasivos financieros
- Débitos y partidas a pagar
- Débitos por operaciones
comerciales
- Débitos por operaciones no
comerciales
|