INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DE ENFERMEDAD COMUN

 

          Trabajador que presta sus servicios como ingeniero técnico, grupo 2 de cotización a la Seguridad Social. Contrato indefinido y jornada completa.

          El día 25/06/2008 causa baja por motivo de enfermedad común, permaneciendo en esta situación hasta el día 30 del mes julio.

          La base de cotización por contingencias comunes del trabajador durante el mes anterior a la baja ascendió a 1.570,33 €. La base de cotización por contingencias profesionales ascendió al mismo importe.

          El trabajador tiene reconocidas dos pagas extraordinarias de 1.346 €. cada una de ellas.

         Esta sujeto al CNAE a) de la tarifa de primas de cotización a efectos de contingencia de accidentes y enfermedad profesionales(AT y EP), al que corresponden los porcentajes del 0,65 por IT y 0,35  por IMS.

         El CNAE de aplicación a los trabajadores en situación de baja es el c), al cual le corresponden unos porcentajes del 0,30 por IT y del 0,80 por IMS

         El trabajador presenta la siguiente situación familiar: casado  con cónyuge a cargo y con dos hijos de  de 17 años y 18 años, los ingresos anuales  22.125,62 y unos gastos en seguridad social de 1.257,32

La empresa no cuenta con más trabajadores en plantilla.

         Se pide:

         1.Calcular el importe del subsidio económico

         1.Calcular las bases de cotización a la Seguridad Social, las cuotas de la empresa y trabajador.

         2.Importe de las retenciones a cuenta de IRPF.

         3.Confección del recibo de salarios del mes de julio

         4. Boletín de cotización a la Seguridad Social correspondiente al mes de julio(TC1).

 

      SOLUCION:

1.     Importe del subsidio económico

s         BASE REGULADORA

 

BASE

REGULADORA

=

B.COT.CONT.COM.mes anterior baja (agosto)

=

1570,33

=

52,34 €.

Nº días cotizados en dicho mes (30, por ser retrib. Mensual)

30

 

s         SUBSIDIO

El subsidio se abonará a partir del decimosexto día de baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el abono de la prestación al trabajador desde los días cuarto al decimoquinto de baja, ambos inclusive.

Por tanto, los días a subsidiar durante el mes de julio serán los siguientes:

-          Por los días 4º al 15º de la baja (del 28/06/2008 al 9/07/2007): 9 días

52,34 € x 60% = 31,40 €.

31,40 € x 9 días = 282,60 €. (a cargo del empresario)

-          Por los días 16º al 20º de la baja (10/07/2008 al 14/07/2008): 5 días

52,34 € x 60% = 31,40 €.

      30,29 €. x 5 días = 157,00 €. (pago delegado del INSS)

-          A partir del 21º día de la baja (del 15/07/2007 al 31/07/2007): 17 días

52,34 € x 75% = 39,26 €.

39,26 €. x 17 días = 667,42€.

                        IMPORTE TOTAL DEL SUBSIDIO: 282,60+ 157,00 + 667,42 =1.107,02 €.

 

2 .Bases de Cotización a Seguridad Social

      Contingencias Comunes

         b) POR LOS DIAS DE BAJA: (30 días: del 1/07/2007 al 30/07/2007)

         Anteriormente hemos calculado la Base diaria: 52,34 €.

         52,34 € x 30 días = 1.570,2 €. Al ser un grupo de cotización mensual se cogen 30 días

                                    Base de cotización por contingencias comunes por los días de baja: 1.570,2 €.

 

         Base cotiz. Conting. Comunes mes de julio: 1.570,2

 

      Contingencia Profesionales(AT y EP)

      Al no existir horas extraordinarias, la base por contingencias profesionales coincide con la base de cotización por contingencias comunes.  (1.570,2 €). El empresario deberá cotizar las 1.570,2 €. pero de la siguiente forma:

         Por el epígrafe c):    1.570,2 €.

     

      Desempleo, FOGASA y Formación Profesional

         La Base para Desempleo, FOGASA y Formación Profesional coincide con la Base por Contingencias Profesionales: 1.570,2 €.                   

 

      3. Calculo de las cuotas de cotización

 

Cuadro de texto: En este caso no se aplica el 0,65% ni el 0,35%, por estar de baja

 

3. Cálculo de las Retenciones a Cuenta del IRPF

 

         Situación del trabajador

 

Retribución Anual

Seguridad Social

Nº hijos entre 3 y 16 años

Nº hijos > 16 años

22.125,62

1.257,32

0

2

 

 

      Importe de la retención del mes

 

         La totalidad de las retribuciones que percibe el trabajador están sujetas a retención:

         Se le ha calculado un tipo de retención del 10%

         Retribuciones:

                                       Subsidio por I.T.          1.107,02€.

                                       TOTAL:                        1.107,02€.   

 

         Cuantía de la retención:  1.107,02 x 10% = 110,70 €.                             

 

 

                                                                 

 

2008

 


 

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DATOS EMPRESA

 

xxxxxxxxxx

 

xxxxxxxxxx

 

  07 08

 

1570,2

 

28,30

 

444,37

 

824,42

 

1570,2

 

4,71

 

12,56

 

1570,2

 

8,20

 

128,76

 

-234,02