CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS

 

Un trabajador con la categoria profesional de oficial administrativo, grupo 5 de cotización a la seguridad social. Fue contractado por una empresa en fecha 01.01.08 mediante un contrato de prácticas a tiempo completo por una duración de 6 meses.

Las retribuciones percibidas segun convenio son las siguientes:

Salario base:               737,00

Responsabilidad:            90’15

Tambien tiene reconocidas dos pagas extraordinarias de 691’16.

Esta sujeto al CNAE  a) de tarifa de primas de cotización a efectos de las contingencias de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, al que le corresponden los porcentajes de 0,65 por IT y 0,35 IMS.

El trabajador está soltero y se calculan unos ingresos anuales de 8.157’00€ y unos gastos en seguridad social de 383’38.

La empresa no cuenta con más trabajadores en plantilla.

Se pide:

 

1.Calcular las bases de cotización a la Seguridad Social, las cuotas de la empresa y trabajador.

2.Importe de las retenciones a cuenta de IRPF.

3.Confección del recibo de salarios del mes de marzo

4. Boletín de cotización a la Seguridad Social correspondiente al mes de marzo(TC1).

     

SOLUCION:

 

La normativa del contrato en prácticas nos dice que el salario no debe de ser inferior al 60% o al 75%  durante el primer y segundo año de viagencia del contrato al salario fijado en convenio, ni inferior al salario mínimo interprofesional.

 

Por lo que la empresa procede a pagarle el 60% sobre el salario base el primer año. El importe nos da 442,20 más 54,09 de responsabilidad que es inferior al SMI por lo que le corresponde el SMI.

 

      1.Bases de Cotización a Seguridad Social

 

      Contingencias Comunes

Conceptos computables: Salario base y responsabilidad

         Importe de la base:

                       

Salario Base

600,00

TOTAL

600,00

Prorrata P. extras:

 =600*2/12

100,00

TOTAL

700

La cuantía esta comprendida entre la base mínima del grupo 5 de cotización a la Seguridad Social (700,00) y la base máxima (3.074,10).

 

Base de Cotización por Contingencias Comunes mes de marzo = 700,00

 

     

 

Contingencia Profesionales(AT y EP)

         Al no existir horas extras, la Base por Contingencias profesionales será igual a la base de contingencias comunes

                       

Salario Base

600,00

TOTAL

600,00

Prorrata P. extras:

 =600*2/12

100,00

TOTAL

700

 

La cuantía resultante no es inferior al tope mínimo (700,000) y la base máxima (3.074,10).  

Base por AT y EP mes marzo: 755,85UR.

 

Desempleo, FOGASA y Formación Profesional

La Base para Desempleo, FOGASA y Formación Profesional coincide con la Base por Contingencias Profesionales: 700,00 EUR.              

 

Base de Cotización Adicional por Horas Extraordinarias

La Base de Cotización Adicional por Horas Extraordinarias del mes de abril es 0, al no existir horas extras.

 

Calculo de las cuotas de cotización

 

CONCEPTO

BASE

A CARGO TRABAJADOR

A CARGO EMPRESA

TIPO

CUOTA

TIPO

CUOTA

Contingencias Comunes

700,00

4,70%

32,90

23,60%

165,20

Contingencias Profesionales     

700,00

 

 

0,65%

4,55

 (AT y EP) por IT

 

 

 

 

 

Contingencias Profesionales           

700,00

 

 

0,35%

2,45

 (AT y EP) por IMS

 

 

 

 

 

Por Desempleo

700,00

1,60%

11,20

6,70%

46,90

FOGASA

700,00

 

 

0,20%

1,40

Formación Profesional

700,00

0,10%

0,70

0,60%

4,20

TOTAL APORTACIONES TRABAJADOR/EMPRESA

44,80

 

224,70

 

      2. Cálculo de las Retenciones a Cuenta del IRPF

 

         Situación del trabajador

 

Retribución Anual

Seguridad Social

Nº hijos entre 3 y 16 años

Nº hijos > 16 años

8.157’00

383’38

0

0

 

 

 

 

      Importe de la retención del mes

 

         La totalidad de las retribuciones que percibe el trabajador están sujetas a retención:

         Se le ha calculado un tipo de retención del 2%

         Retribuciones:

                                       Salario Base:             600,00EUR.

                                       TOTAL:                     600,00EUR.   

 

         Cuantía de la retención:  600,00 x 2% =12,00 eur

 

 

 

 

 

 

 

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DATOS EMPRESA

 

xxxxxxxxxx

 

xxxxxxxxxx

 

700,00

 

28’30

 

198,10

 

700,00

 

4,55

 

700,00

 

9,20

 

   64,44

 

269,54